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Compra retroactiva de periodos
Cubrir las lagunas de carrera rescatando periodos — útil tras una actividad reducida o abandonada por motivos familiares.
Principio y condiciones
Determinados periodos de actividad abandonada o reducida pueden rescatarse, bajo ciertas condiciones (al menos 12 meses de seguro obligatorio, antes de los 65 años y antes de cualquier liquidation de pension). Los periodos rescatados cuentan como efectivos y aumentan las majorations forfaitaires y las majorations proportionnelles.
Coste frente a ganancia
El rescate tiene un coste: para los períodos familiares la base va de 1× a 2,5× el salario social mínimo (tope global 5× SSM), al tipo de cotización vigente, más un interés compuesto del 4 % anual. El pago se hace en 3 meses, o en un máximo de 5 anualidades. El arbitraje: comparar este coste con la ganancia de pensión a lo largo del tiempo (punto de equilibrio).
Qué períodos, y hasta cuándo
Son rescatables los períodos de actividad reducida o abandonada por razones familiares después de los 18 años: matrimonio, educación de un hijo menor, cuidado de una persona dependiente o gravemente discapacitada — así como períodos en organizaciones internacionales o regímenes extranjeros no coordinados. Los estudios quedan excluidos. No hay un número máximo fijo de años: el rescate está limitado por la duración real de esas interrupciones. Condiciones: solicitarlo antes de los 65 años y antes de cualquier pensión, justificar al menos 12 meses de seguro obligatorio y residir en la UE/EEE.
¿Ganar más, o irse antes?
Ambos — pero no para todas las puertas. Los períodos rescatados cuentan como seguro: aumentan el importe (mejoras fijas y proporcionales) Y cuentan para el período de la jubilación anticipada a los 60 (480 meses, art. 184). En cambio, NO cuentan para la puerta de los 57 (reservada al seguro obligatorio), ni para el bono de escalonamiento del tipo. Así, el rescate puede aumentar su pensión y, en su caso, permitirle irse a los 60 — pero no adelantar la salida a los 57.
Base legal: art. 174 del Code de la sécurité sociale.